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VIDA - COLECTIVO

Saldos Deudores

  • Muerte por cualquier causa
  • Incapacidad total y permanente
  • Gastos Funerarios
  • Comisión o intento de comisión por parte del asegurado, de asalto, asesinato, atentado, delito, infracción o cualquier otra violación intento de violación de la ley o resistencia de arresto.
  • Guerra declarada o no, hostilidades armadas, guerra civil, invasión, revolución, rebelión, insurrección, cualquier acción bélica, guerrilla terrorismo, y todas las situaciones similares a las anteriores descritas y las acciones dirigidas a evitarlas o contenerlas

POR MUERTE:

 

  • El beneficiario o familiar del asegurado, debe presentarse al Centro de Negocios de la Mutual, para dar el aviso.
  • Hacer entrega de una carta, solicitando hacer efectivo el seguro de vida, por la muerte del deudor de la operación crediticia que el fallecido tenía con la Mutual.
  • Certificado oficial de defunción expedido por el Registro Civil, donde se especifique la causa de la defunción, con el tomo, folio y asiento correspondiente.
  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del fallecido.
  • Sumaria extendida por el O.I.J. (en caso de muerte accidental), que contenga la descripción de los hechos y las pruebas del laboratorio forense sobre alcohol (OH) o tóxicos en la sangre.
  • El beneficiario debe indicar por escrito los centros médicos donde fue atendido el asegurado.
  • El beneficiario debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde el asegurado había sido atendido.
  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del beneficiario (s) y o familiar que presenta el reclamo de la póliza.

 

POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE:

 

  • El asegurado, debe presentarse al Centro de Negocios de la Mutual, para dar el aviso.
  • Hacer entrega de una carta, solicitando hacer efectivo el seguro de vida, por invalidez.
  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del asegurado.
  • Declaratoria oficial de incapacidad permanente expedida por una entidad médica oficial debidamente autorizada para este efecto, que indique que la incapacidad se otorga NO SUJETA A REVISIÓN, el diagnóstico y la fecha exacta de la incapacidad.
  • Declaratoria incapacidad Magisterio
  • Declaratoria incapacidad del Poder Judicial (solo los empleados del Poder)
  • El asegurado debe indicar por escrito los centros médicos donde ha sido atendido.
  • El asegurado debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos de los centros médicos donde ha sido atendido.
  • En el caso donde la C.C.S.S. no le da la pensión por invalidez, solicitar el documento del porque no califica. Y “Certificado médico en el que se determine la pérdida del 67% o más de su capacidad orgánica o funcional que le impida trabajar.
  • Comprobación del estatus laboral de dichos asegurados al momento de darse el evento: Copia de la declaración anual del impuesto de la renta. Copia del contrato de servicios o Certificación emitida por el ex patrono

 

POR GASTOS FUNERARIOS:

 

  • El beneficiario o familiar del asegurado, debe presentarse al Centro de Negocios de la Mutual, para dar el aviso.
  • Hacer entrega de una carta, solicitando hacer efectivo el beneficio de gastos funerarios, ligado al seguro de vida que el asegurado tenía relacionado al crédito con la Mutual.
  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del asegurado.
  • Acta de defunción emitida por la autoridad competente.

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