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INCENDIO - COLECTIVO

Hogar Seguro 2000

A. Incendio hostil y rayo: (Incendio casual y rayo humo por incendio malezas, bosques, selvas, etc).

B. Riesgos varios: (huelga, paro legal, motín o malintencionados colisión vehículos o aeronaves, arboles, antenas, Explosión, lluvia, derrame).

C. Inundación, deslizamiento y vientos: (inundación, deslizamiento, vientos, granizo, elevación de aguas).

D. Convulsiones de la Naturaleza: (temblor y terremoto y el incendio derivado de la misma erupción volcánica, maremoto, fuego subterráneo y el incendio derivado de los mismos).

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  • Cerrajería
  • Electricidad
  • Rotura de cristales
  • Coordinación y reparación fuga gas
  • Traslado de ambulancia o taxi a citas programadas
  • Servicio traslado residencia-aeropuerto y viceversa
  • Conexión con profesionales, referencias médicas-hospitalarias y farmacéuticas

MENAJE:

Aplica para un monto máximo de ¢1.000.000.

  • Acciones u omisiones del Asegurado, sus empleados o personas actuando en su representación o a quienes se les haya encargado la custodia de los bienes, que a criterio del instituto produzcan o agraven las pérdidas.
  • Pérdidas o daños de la propiedad asegurada por fermentación, vicio propio o combustión espontánea, o por procedimientos de calefacción o desecación, al cual hubiese sido sometida.
  • Edificios caídos, hundidos o desplomados. Si el todo o una sección del edificio objeto de esta póliza, o que contenga la propiedad asegurada por ella, o si el todo o una sección de un inmueble del cual dicho edificio forma parte, se cayesen, hundiesen o desplomasen, el presente seguro dejará de cubrir desde ese momento, tanto al edificio como a su contenido, a no ser que el Asegurado pruebe que la caída, el hundimiento o el desplome fueron ocasionados por un riesgo amparado en este contrato.
  • Saqueo, ya sea durante o después de un siniestro.

Pérdidas directas que tengan su origen en errores de diseño o defectos constructivos, aun cuando la causa inmediata sean los riesgos cubiertos por esta póliza.

  • El asegurado, debe presentarse al Centro de Negocios de la Mutual, para dar el aviso.
  • Hacer entrega de una carta, solicitando hacer efectivo el seguro de incendio, el cual tiene relacionado al crédito con la Mutual, y cubre daños en la estructura de la vivienda; indicando fecha del siniestro, detalle de daños, teléfonos y dirección electrónica.
  • Fotografías de las áreas de la vivienda donde se evidencien los daños.
  • Factura proforma de los materiales y mano de obra para la reparación de los daños.

Para todos los beneficios indicados anteriormente, la Aseguradora podrá solicitar cualquier otro requisito adicional que considere necesario para el análisis del reclamo.

Incendio Local e Industrial

A. Incendio hostil y rayo: (Incendio casual y rayo humo por incendio malezas, bosques, selvas, etc).

B. Riesgos varios: (huelga, paro legal, motín o malintencionados colisión vehículos o aeronaves, arboles, antenas, Explosión, lluvia, derrame).

C. Inundación, deslizamiento y vientos: (inundación, deslizamiento, vientos, granizo, elevación de aguas).

D. Convulsiones de la Naturaleza: (temblor y terremoto y el incendio derivado de la misma erupción volcánica, maremoto, fuego subterráneo y el incendio derivado de los mismos).

G. Lluvia y Derrame: (excepto para Almacenes de Deposito Fiscal y/o General).

  • Acciones u omisiones del Asegurado, sus empleados o personas actuando en su representación o a quienes se les haya encargado la custodia de los bienes, que a criterio del instituto produzcan o agraven las pérdidas.
  • Pérdidas o daños de la propiedad asegurada por fermentación, vicio propio o combustión espontánea, o por procedimientos de calefacción o desecación, al cual hubiese sido sometida.
  • Edificios caídos, hundidos o desplomados. Si el todo o una sección del edificio objeto de esta póliza, o que contenga la propiedad asegurada por ella, o si el todo o una sección de un inmueble del cual dicho edificio forma parte, se cayesen, hundiesen o desplomasen, el presente seguro dejará de cubrir desde ese momento, tanto al edificio como a su contenido, a no ser que el Asegurado pruebe que la caída, el hundimiento o el desplome fueron ocasionados por un riesgo amparado en este contrato.
  • Saqueo, ya sea durante o después de un siniestro.
  • Pérdidas directas que tengan su origen en errores de diseño o defectos constructivos, aun cuando la causa inmediata sean los riesgos cubiertos por esta póliza.
  • Requisitos para la atención de reclamos.
  • El asegurado, debe presentarse al Centro de Negocios de la Mutual, para dar el aviso.
  • Hacer entrega de una carta, solicitando hacer efectivo el seguro de incendio, el cual tiene relacionado al crédito con la Mutual, y cubre daños en la estructura de la vivienda; indicando fecha del siniestro, detalle de daños, teléfonos y dirección electrónica.
  • Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del asegurado.
  • Fotografías de las áreas de la vivienda donde se evidencien los daños.
  • Factura proforma de los materiales y mano de obra para la reparación de los daños.

Para todos los beneficios indicados anteriormente, la Aseguradora podrá solicitar cualquier otro requisito adicional que considere necesario para el análisis del reclamo.

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